Machirulo alert: El Consejo de la Magistratura rechazó la petición del Movimiento de Mujeres Ushuaia
Las paritaristas habían solicitado al organismo tres cosas: definiciones sobre perspectiva de género en la selección de los nuevos jueces del Superior Tribunal de Justicia; paridad de género en el Consejo de la Magistratura; y paridad de género en el concurso de ampliación.
La abogada Solange Verón dio a GAMERA algunas consideraciones sobre la resolución de los 7 consejeros: subestimaron nuestra presentación diciendo que los jueces tienen una función técnica, que no pueden legislar medidas de acción positiva, que los estamos que envían a los representantes al Consejo de la Magistratura son los que definen la perspectiva de género. Eludieron todos nuestros argumentos, inclusive el argumento de regresividad relacionado con los años que van a quedar los jueces que se designen en esta ampliación”.
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De la Acordada N°556 se desprende que, para el Consejo de la Magistratura la cuestión sobre la paridad de género ya fue abordada por el cuerpo. Efectivamente los consejeros establecieron por unanimidad que evaluarán a los concursantes para ocupar los dos nuevos cargos en el STJ con criterio de género, según el Acta N°557 de la reunión celebrada el 6 de octubre. El problema es que no explicaron cómo -ni siquiera en el acta aclaratoria-, por lo que ese acuerdo, parece más una carta de intención declamativa que una forma concreta de llevar adelante el cuestionado concurso.
De hecho el Consejo de Magistratura está integrado en su totalidad por hombres y ese fue el segundo planteo del Movimiento de Mujeres de Ushuaia (MMU). A lo que el cuerpo contestó, que la integración del organismo está fijada en la constitución provincial por lo que para modificar su conformación habría que realizar una reforma constitucional.
El planteo, nos recuerda mucho al debate sobre la paridad en el Concejo Deliberante de Ushuaia en el que el Movimiento de Mujeres planteaba que no era necesaria una reforma a la carta orgánica de Ushuaia para garantizar la paridad y el cuerpo deliberativo planteaba que si era necesaria. Ese debate se judicializó y llegó al propio Superior Tribunal de Justicia, organismo que le dio la razón a las amparistas.
Finalmente para desestimar la petición del MMU para que la ampliación del STJ sea paritaria, los 7 hombres del Consejo de la Magistratura esgrimieron dos argumentos muy curiosos.
Por un lado, citaron una nota del Diario del Fin del Mundo con una frase de la jurista Kemelmajer en la que expresó que la presencia de mujeres no garantiza la perspectiva de género. Citan una frase en un diario – sin desmerecer la nota, ni a la doctora- y se olvidan de toda la doctrina volcada en normativas vigentes, como la ley nacional de paridad de género (que citaron en el fallo contra el Concejo Deliberante por ejemplo) o los tratados internacionales que tienen rango constitucional, que también citaron en esa resolución judicial.
Lo otro curioso es que dicen que el concurso no puede ser paritario porque eso no está establecido en la ley provincial que aprobó el parlamento y que autorizó la ampliación. Se trata de la Ley provincial 1321. La iniciativa fue enviada por el Superior Tribunal de Justicia, cuyo representante en el Consejo de la Magistratura -Javier Muchnik- es el que esgrime ese argumento.
Además, las amparistas solicitaron a la Cámara Legislativa provincial que se modificara el proyecto para incorporar la paridad y las perspectiva de género a la iniciativa. Sin embargo, el planteo fue rechazado con el argumento de que los parlamentarios no podían modificar una iniciativa enviada por el Superior Tribunal de Justicia porque implicaría una intromisión del poder legislativo en el Poder Judicial.
Ahora el Consejo de la Magistratura dijo que la Legislatura tiene todas las facultades para modificar lo que se le cante. OK. A partir de ahora entonces los legisladores tienen que saber que si quieren pueden modificar cualquier proyecto de ley que mande el Superior Tribunal de Justicia, incluido, por ejemplo, el presupuesto enviado por el Poder Judicial. Que incorpora 54 millones de pesos de forma anual para bancar a los 5 jueves del máximo organismo judicial.
Por último, los consejeros hacen referencia a la labor técnica y a la idoneidad necesaria para ocupar los cargos en el Superior Tribunal de Justicia. Sin entrar en el debate obtuso que supone poner la idoneidad de relieve cada vez que se habla de paridad de género, el Consejo de la Magistratura habla de la labor técnica y de la idoneidad en un concurso que no tiene reglas claras para establecer esos dos parámetros, esto último expuesto por la Dra. Kemelmajer en la misma nota del Diario del Fin del Mundo que citan.
Desde el Movimiento de Mujeres, adelantaron que llevarán adelante todas las acciones necesarias para garantizar la paridad y la perspectiva de género en el máximo organismo judicial de la provincia, que en definitiva es el que delinea la política judicial que rige en Tierra del Fuego AIAS.
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